La clasificación de puertos se da de la siguiente manera:
Puerto de aguas profundas: Se considera puerto de aguas profundas, uno cuyo proyecto (proyecto significa la distancia vertical desde la superficie del agua hasta el fondo del mar), tanto en el canal de entrada y en el área terminal, sea superior al 13,72 m.
Estamos incluyendo en esta clasificación de puertos a todos cuyos antepaís (área de influencia en alta mar) se encuentran dentro de un área marina o el océano.
Puerto de río: Todos los puertos que se encuentran en una de las orillas de un río, cualquiera que sea su profundidad, se considerará como plataformas río.
Puerto: Esta clasificación de puertos incluye instalaciones que, sin estar considerados estrictamente como puertos, son utilizados para la carga y descarga de mercancías y están al abrigo de agua exterior.
Muelle o embarcadero: en esta categoría se encuentran aquellas instalaciones que no son más que un simple muelle que no siempre tiene que ser protegido de aguas extranjeras.
Terminal portuaria: En el sentido estricto, no se trata de los puertos terminales, sino más bien sencillos, cuyo material cargado o descargado, es siempre lo mismo y, en consecuencia, sus instalaciones son accesibles sólo para el tipo de bienes que administran.
Terminal costa afuera: esta clasificación de puertos se trata de instalaciones que no están en la costa y toda su superficie se encuentra en el mar. Los terminales son firmes, completamente artificiales cuya área ha sido construido específicamente para albergar el equipo para el manejo de mercancías.